Política

El Congreso adopta leyes que endurecen las sanciones contra los menores

Él Congreso ha introducido el Acto no. 32331, una legislación significativa que regula el uso de espacios públicos y refuerza la protección de los menores. Estas nuevas leyes establecen restricciones específicas respecto al uso de baños públicos, así como sanciones severas vinculadas a actos considerados de naturaleza sexual contra menores. Este enfoque busca crear un entorno más seguro para todos, especialmente para los más vulnerables.

Según las disposiciones incluidas en el texto legal, queda estrictamente prohibido que las personas accedan a los baños públicos que no se alineen con su género biológico, tal como se defina en el diseño original de la organización. Esta medida tiene como objetivo, de acuerdo con los autores del estándar, la prevención de situaciones que podrían comprometer la seguridad tanto de los menores como de los usuarios en general, resguardando así la integridad de todos.

El Miembro Alejandro Muñante, Defensor de Renovación Popular y una de las figuras clave detrás del proyecto, ha elogiado la presentación de esta Ley como un logro trascendental. A través de sus redes sociales, describió la aprobación como una «fase histórica» en el ámbito de la protección infantil y adolescente, subrayando que diversas industrias, incluidas organizaciones medianas y de carácter internacional, han manifestado su respaldo a la norma.

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Además de regular el acceso a los baños, la ley implementa otras medidas cruciales destinadas a proteger a los niños de la exposición a material sexual en medios de comunicación, exposiciones, y plataformas digitales. En este contexto, se prohíbe la difusión de cualquier material que promueva la sexualidad infantil o adolescente con fines comerciales o de entretenimiento, buscando así un entorno más saludable y seguro para los menores.

Otro aspecto importante de esta Ley es la modificación del 183. Artículo del Código Penal. Con estas reformas, se incrementa la severidad de las sanciones para aquellos que incurren en exposiciones obscenas frente a menores. En situaciones más graves, como cuando el infractor ejerce funciones públicas o es docente de una institución educativa, la pena de prisión puede variar entre 4 y 6 años, reflejando así la seriedad con la que se aborda este tema.

Muñante ha enfatizado que el objetivo primordial de esta ley es fortalecer el marco legal existente, asegurando así una protección más efectiva contra los daños sexuales que pueden sufrir los menores en diferentes contextos: desde espacios públicos hasta instituciones educativas y entornos digitales. Esta respuesta legislativa busca generar un impacto positivo y duradero en la seguridad de los niños y adolescentes en la sociedad.